La cesión de créditos: problemas en la sucesión procesal

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A consecuencia de la reciente crisis económica que ha provocado la venta masiva de carteras de crédito por parte de algunas entidades bancarias para sanear sus balances, surgen diferentes cuestiones y problemáticas en torno a la sucesión procesal y al supuesto derecho del consumidor a extinguir la deuda con el pago del importe abonado por el cesionario al cedente del crédito.

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil operada por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, mejoró la regulación de la figura jurídica de la sucesión procesal estableciendo que la ejecución podrá despacharse o continuarse por quien acredite ser el sucesor de que figure como ejecutante en el título ejecutivo y frente al que se acredite que es el sucesor de quien en dicho título aparezca como ejecutado.

El tribunal Supremo ya resolvió que conforme a los artículos 1112 y 1526 del Código Civil, el cesionario puede reclamar el importe íntegro del crédito aunque haya pagado menos por él, sin que ello suponga un enriquecimiento injusto, ya que cualquiera que fuese el acreedor el deudor paga lo que tiene que pagar (lo adeudado) y la posibilidad de reclamar el importe íntegro del crédito y no lo que se pagó por él tiene su fundamento en la ley.

Es unánime la doctrina del Alto Tribunal, resolviendo que el acreedor cedente y el acreedor cesionario son plenamente libres para concertar una cesión de crédito, al amparo de los artículos 1112 y 1526 del Código Civil y que la cesión de créditos sólo requiere el conocimiento del deudor cedido con la única finalidad de que éste no pueda liberarse pagando al acreedor cedente.  Leer más  

La obligación de transmitir la finca en compraventa según el Tribunal Supremo

LlavesEl Tribunal Supremo se ha pronunciado acerca de la acción de resolución de un contrato de compraventa ejercida por la compradora en un caso en el que la vendedora no era propietaria de la finca vendida, que se encontraba inscrita en el Registro de la Propiedad en varios segmentos a favor de terceros, que previamente habían interpuesto demandas declarativas de propiedad, reivindicatorias y de nulidad de la venta frente a la compradora, que se allanó.

La Audiencia estimó el recurso de apelación, al considerar que, aunque era correcta la apreciación del juzgado acerca de que no procedía declarar la nulidad del contrato, la demandante había ejercitado también una acción de resolución del contrato con apoyo en el art. 1124 CC y que esta acción debía ser estimada porque los vendedores demandados no habían cumplido con su obligación de entregar la finca. Leer más  

Medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler

Cerradura_ITras la derogación del efímero Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de Medidas Urgentes en materia de vivienda y alquiler, el Gobierno aprobó el pasado 1 de marzo el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que reforma, entre otras materias, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Se reforma la LAU exclusivamente en lo que respecta a la regulación legal de los contratos de arrendamiento de vivienda (art. 2.1).

Se incorporan las medidas legales previstas en el derogado RDL 21/2018.

Las nuevas medidas legales que contempla este nuevo RDL y que no contemplaba el RDL 21/2018, o si lo hacía, lo hacía en un sentido distinto, son las siguientes:

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Reseñas de jurisprudencia del Tribunal Supremo. Último Trimestre 2018

Navidad IV

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 31 de octubre 2018 -EDJ 2018/619680-

Responsabilidad de los administradores en concurso culpable

El TS determina que la responsabilidad por déficit concursal de los administradores no es una consecuencia necesaria de la calificación de un concurso como culpable sino que se precisa de una justificación añadida por parte del tribunal, que ha de valorar los elementos subjetivos y objetivos del comportamiento de cada uno de los administradores sociales en relación con la actuación que, imputada al órgano social del que forman parte, determina la calificación de culpable del concurso (FJ 2).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 22 de noviembre 2018 -EDJ 2018/646082-

Crédito de personas especialmente relacionadas con el deudor en concurso

El TS determina que para que una sociedad acreedora pueda ser considerada persona especialmente relacionada con la deudora concursada, es necesario que aquella formara parte del grupo o fuera socia de una sociedad del grupo, en el momento del nacimiento de su crédito, es decir, cuando nace el acto jurídico relevante a efectos concursales, y no el momento de la declaración de concurso (FJ 2).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 20 de noviembre 2018 -EDJ 2018/646125-

Cese de administrador en sociedad limitada

Determina el TS que la finalidad del sistema legal de retribución de los administradores, que exige la constancia estatutaria del sistema de retribución, no se frustra cuando la indemnización ha sido fijada de forma unánime por todos los socios, en un acuerdo que no ha sido objeto de impugnación (FJ 3).

Tribunal Supremo Sala 3ª, de 8 de noviembre 2018 -EDJ 2018/649963-

Infracción continuada en defensa de la competencia

El TS declara que, para que se aplique la figura de la infracción continuada es preciso que exista un dolo unitario en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión (FJ 6).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 6 de noviembre 2018 -EDJ 2018/628939-

Factor notorio en juicio cambiario

La Sala del TS entiende que la firma por el factor notorio de los pagarés como avalista obliga a la sociedad recurrente. Quien ostenta tal condición puede obligar con su firma a la sociedad aunque no esté especialmente habilitado para el acto de que se trate (FJ 3).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 13 de noviembre 2018 -EDJ 2018/628806-

Abusividad en la venta de billetes de avión

El TS confirma la nulidad, por abusivas, de varias cláusulas generales contempladas en los contratos de transporte aéreo de Iberia. Entre ellas la que facultaba a la empresa para modificar las condiciones del transporte contratado «en caso de necesidad» por ser excesivamente genérica e imprecisa y poder favorecer injustificadamente la posición contractual de la compañía aérea en caso de incumplimiento de las condiciones del contrato de transporte aéreo concertado, en detrimento del consumidor (FJ 2 y 3).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 16 de noviembre 2018 -EDJ 2018/637410-

Responsabilidad médica

Determina el TS que para que proceda declarar responsable a los facultativos por los daños causados al paciente es necesario acreditar la existencia de una actuación contraria a la lex artis que privó al paciente de alguna expectativa de curación (FJ 3).

Ana Isabel Barrasa Sánchez

Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

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