Archivo de la categoría: Derecho Mercantil y Societario

Reseñas de jurisprudencia del Tribunal Supremo. Último Trimestre 2018

Navidad IV

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 31 de octubre 2018 -EDJ 2018/619680-

Responsabilidad de los administradores en concurso culpable

El TS determina que la responsabilidad por déficit concursal de los administradores no es una consecuencia necesaria de la calificación de un concurso como culpable sino que se precisa de una justificación añadida por parte del tribunal, que ha de valorar los elementos subjetivos y objetivos del comportamiento de cada uno de los administradores sociales en relación con la actuación que, imputada al órgano social del que forman parte, determina la calificación de culpable del concurso (FJ 2).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 22 de noviembre 2018 -EDJ 2018/646082-

Crédito de personas especialmente relacionadas con el deudor en concurso

El TS determina que para que una sociedad acreedora pueda ser considerada persona especialmente relacionada con la deudora concursada, es necesario que aquella formara parte del grupo o fuera socia de una sociedad del grupo, en el momento del nacimiento de su crédito, es decir, cuando nace el acto jurídico relevante a efectos concursales, y no el momento de la declaración de concurso (FJ 2).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 20 de noviembre 2018 -EDJ 2018/646125-

Cese de administrador en sociedad limitada

Determina el TS que la finalidad del sistema legal de retribución de los administradores, que exige la constancia estatutaria del sistema de retribución, no se frustra cuando la indemnización ha sido fijada de forma unánime por todos los socios, en un acuerdo que no ha sido objeto de impugnación (FJ 3).

Tribunal Supremo Sala 3ª, de 8 de noviembre 2018 -EDJ 2018/649963-

Infracción continuada en defensa de la competencia

El TS declara que, para que se aplique la figura de la infracción continuada es preciso que exista un dolo unitario en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión (FJ 6).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 6 de noviembre 2018 -EDJ 2018/628939-

Factor notorio en juicio cambiario

La Sala del TS entiende que la firma por el factor notorio de los pagarés como avalista obliga a la sociedad recurrente. Quien ostenta tal condición puede obligar con su firma a la sociedad aunque no esté especialmente habilitado para el acto de que se trate (FJ 3).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 13 de noviembre 2018 -EDJ 2018/628806-

Abusividad en la venta de billetes de avión

El TS confirma la nulidad, por abusivas, de varias cláusulas generales contempladas en los contratos de transporte aéreo de Iberia. Entre ellas la que facultaba a la empresa para modificar las condiciones del transporte contratado «en caso de necesidad» por ser excesivamente genérica e imprecisa y poder favorecer injustificadamente la posición contractual de la compañía aérea en caso de incumplimiento de las condiciones del contrato de transporte aéreo concertado, en detrimento del consumidor (FJ 2 y 3).

Tribunal Supremo Sala 1ª, de 16 de noviembre 2018 -EDJ 2018/637410-

Responsabilidad médica

Determina el TS que para que proceda declarar responsable a los facultativos por los daños causados al paciente es necesario acreditar la existencia de una actuación contraria a la lex artis que privó al paciente de alguna expectativa de curación (FJ 3).

Ana Isabel Barrasa Sánchez

Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

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El Tribunal Supremo da la razón a los bancos. Los clientes deben pagar el Impuesto en la constitución de hipotecas

Candado

El Tribunal Supremo da la razón a los bancos y dictamina que son los clientes quienes deben pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas.

Los magistrados han establecido que:

  • Por la constitución del préstamo, el pago incumbe al prestatario.

 

  • Por el timbre de los documentos notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite.

La nota informativa facilitada por el Tribunal Supremo señala lo siguiente:  Leer más  

El cambio de domicilio social dentro del territorio nacional

CarreteraLa Ley de Sociedades de Capital del año 2010 estableció que cualquier modificación de los estatutos sería competencia de la junta general y que, salvo disposición en contrario de los mismos Estatutos, sería el órgano de administración el competente para cambiar el domicilio social dentro del término municipal.

En una norma posterior, de mayo de 2015, se amplió el ámbito de aplicación a todo el territorio nacional y se estableció que “salvo disposición contraria de los estatutos, el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional”. Leer más  

Reclamación de gastos hipotecarios

Globos

El Tribunal Supremo estima abusivas las cláusulas con las que algunos bancos han impuesto a sus clientes el pago de todos los gastos de formalización de hipotecas, cuando éstos deberían asumirlos los bancos, al menos una parte, ya que las entidades bancarias son las interesadas en registrar la escritura hipotecaria.

La Sentencia nº 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declaró abusiva la cláusula en la que el banco (en ese caso, BBVA y Popular) impuso al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario.  Leer más  

Procedimiento extrajudicial para la devolución de las cláusulas suelo

Agua en madera

En el BOE de 21 de enero de 2017, se publicó el Real Decreto-ley, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.

Entró en vigor al día siguiente de su publicación, el  22 de enero de 2017.

El 9 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo analizó en su sentencia nº 241/2013, en el marco de una acción colectiva ejercitada por una asociación de consumidores contra varias entidades bancarias, el carácter abusivo de las cláusulas suelo, declarando su nulidad. Sin embargo, la declaración de nulidad no afectaría ni a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni a las cantidades satisfechas antes del 9 de mayo de 2013.

La limitación de la eficacia retroactiva fue confirmada por el Tribunal Supremo en sentencia de 25 de marzo de 2015 en el seno de una acción individual interpuesta frente a una de las entidades parte en el proceso judicial resuelto por la sentencia de 9 de mayo de 2013. Fijó como doctrina que, cuando en aplicación de la doctrina fijada en la sentencia de 2013 se declare abusiva una cláusula suelo, la devolución al prestatario se efectuará a partir de la feha de la publicación de la sentencia de 2013.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 21 de diciembre de 2016, ha fallado que el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo, en el sentido del artículo 3, apartado1, de dicha directiva, de una cláusula contenido en un contrato celebrado con un consumidor por un profesional, circunscribiendo tales efectos restitutorios exclusivamente a las cantidades pagadas indebidamente en aplicación de tal cláusula con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declaró el carácter abusivo de la cláusula en cuestión.

Como es previsible que el reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europa suponga el incremento de las demandas de consumidores afectados solicitando la restitución de las cantidades pagadas en aplicación de la cláusula suelo, se arbitra un cauce de carácter voluntario para el consumidor, que facilite que pueda llegar a un acuerdo con la entidad de crédito que les permita solucionar sus diferencias mediante la restitución de dichas cantidades. Leer más