Archivo de la categoría: Derecho Mercantil y Societario

¿Puede ser demanda una sociedad mercantil que ha sido disuelta y liquidada?

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Las preguntas que interesaría contestar son:

¿Tiene capacidad para ser demandada en un procedimiento judicial y comparecer en el mismo una sociedad extinguida y, por tanto, sin personalidad jurídica?

Si es así, ¿quién o quienes deben comparecer en su representación?

¿Es responsable la misma sociedad de los créditos anteriores a su cancelación que no fueron satisfechos?

Y si la respuesta es negativa y existen esos créditos pendientes y no estuvieron presentes y satisfechos en las operaciones de liquidación, ¿deben quedar cancelados per se y automáticamente?   Leer más  

Implantación de tecnologías de la información y la comunicación en los procesos judiciales

Portatil

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de introducir medidas dirigidas a la mejora de la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia.

El Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales.

Los avances en el desarrollo de sistemas y aplicaciones tecnológicas Leer más  

Las hipotecas multidivisa, abusivas y nulas

Candados

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró, en marzo de 2014 (S.TJUE de 14-03-2014, asunto C-415/11), que la normativa hipotecaria española es contraria al Derecho comunitario, lo que obligó al Gobierno a modificarla; pero lo que no ha trascendido con tanto alcance es que esta modificación también fue declarada contraria a la legislación comunitaria por sentencia del TJUE del 17-07-2014 y, en esta resolución, el propio tribunal expresamente vino a considerar que la vivienda en un bien básico del ciudadano.

No sólo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la normativa hipotecaria en general, sino que también ya se ha pronunciado sobre las hipotecas multidivisa Leer más  

Los acuerdos de refinanciación homologados judicialmente

Molino

La reforma de 2014 operada por el RDL 4/2014, de 7 de marzo (cuyo contenido recoge hoy la L 17/2014, de 30 de septiembre) ha modificado radicalmente el régimen de los acuerdos de refinanciación homologados judicialmente en tres aspectos fundamentalmente:

a)  Se amplían las posibilidades de extender sus efectos a los acreedores financieros disidentes y ausentes, incluyendo no sólo la imposición de esperas sino también de quitas sin límite, daciones en pago y canjes de deuda por capital.

b)  Esa extensión pasa a afectar por vez primera a los acreedores con garantía real, en función de la concurrencia de mayorías específicas de acreedores garantizados.

c)  Los acuerdos pasan a estar dotados del grado máximo de irrescindibilidad, independientemente de la observancia de las exigencias de la Ley Concursal.

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