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Condenada una inquilina que desvalijó un piso de alquiler

Cadena

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida a la inquilina en un piso de alquiler que se llevó enseres valorados en algo menos de 2.000 €. La Sala confirma así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Castellón que consideró a la mujer autora de un delito de apropiación indebida.

Propietario e inquilina suscribieron en julio de 2011 un contrato de arrendamiento por el que la mujer alquilaba una vivienda amueblada en Castellón. En febrero de 2012, la ahora condenada abandonó la vivienda apresuradamente y antes del fin del contrato, llevándose consigo muebles, adornos y utensilios.

La inquilina, además de ser condenada a cumplir pena de prisión, deberá indemnizar al propietario del inmueble con el valor de los enseres apropiados indebidamente.

Ana Isabel Barrasa Sánchez

Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

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El Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica podría ser inconstitucional

Arbol tormenta

En el año 2013, entró en vigor el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (IVPEE), que grava a un tipo único (7%) la generación de electricidad calculándose la base imponible por “el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, medida en barras de central, por cada instalación, en el período impositivo” (art. 6.1)

En junio del 2016, el Tribunal Supremo elevó cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional contra varios artículos de la Ley 15/2012 que introdujo el IVPEE, en base a la posible vulneración del principio constitucional de capacidad económica (art. 31.1 de la Constitución). El Alto Tribunal cuestiona una posible sobreimposición ya que el IVPEE grava la misma manifestación de riqueza que ya es gravada por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), una vez despojado del pretexto ambiental que proclama el preámbulo de la ley que implanta al primero de ellos.  Leer más  

Reclamación de gastos hipotecarios

Globos

El Tribunal Supremo estima abusivas las cláusulas con las que algunos bancos han impuesto a sus clientes el pago de todos los gastos de formalización de hipotecas, cuando éstos deberían asumirlos los bancos, al menos una parte, ya que las entidades bancarias son las interesadas en registrar la escritura hipotecaria.

La Sentencia nº 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declaró abusiva la cláusula en la que el banco (en ese caso, BBVA y Popular) impuso al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario.  Leer más