Recuperación de las cantidades pagadas a Hacienda por la prestación de maternidad
El pasado 6 de julio de 2016, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia reconociendo la aplicación de la exención prevista en el art. 7 h) Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a la prestación por maternidad percibida de un ente público como es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
La citada sentencia abre la posibilidad de iniciar una solicitud de devolución de las cantidades pagadas en concepto de IRPF por la prestación de maternidad para aquellas prestaciones recibidas desde el ejercicio 2012.
El procedimiento se ha de iniciar en vía administrativa, solicitando ante la Agencia Tributaria la rectificación y devolución de ingresos indebidos (incluyendo los intereses devengados).
Documentación necesaria para iniciar la reclamación:
- Copia de la declaración de IRPF relativa al ejercicio que se reclama
- Certificado de la Seguridad Social sobre las cantidades pagadas por maternidad
- Datos fiscales relativos al ejercicio reclamado
Ana Isabel Barrasa Sánchez
Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

