Las claves de la futura modificación de la Ley de Sociedades de Capital

Circuito

El Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley de Sociedades de Capital que se encuentra en tramitación, además de algunas modificaciones de gran calado que más adelante se explicarán, introduce dos cuestiones enormemente novedosas:

En primer lugar,  aparece en escena el denominado “objetivo de representación en los consejos de administración para el sexo con menos presencia”.

Teniendo en cuenta que el mundo empresarial aún pertenece a los hombres y con el fin de incrementar la presencia de mujeres en la alta dirección de nuestras empresas, se establece que éstas tengan que autoimponerse un número mínimo de mujeres en el consejo de administración, si bien el Proyecto de Ley no prevé ningún tipo de sanción administrativa o económica por el incumplimiento de dicho objetivo por lo que, más bien, parece ser una declaración de buenas intenciones que una obligación.

En segundo lugar, se plantea la obligación de publicar en la memoria de las cuentas anuales el período medio de pago a los proveedores. Dicha información deberá publicarse además en la página web de las sociedades, si la tienen, y cuyas cuentas anuales no sean abreviadas.

Las principales modificaciones afectan principalmente:

1.- A las competencias de la junta general de accionistas

2.- A la administración de la sociedad

3.- A la retribución de los consejeros

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