Nueva Ley de Telecomunicaciones

Boton encendido

La Ley General de Telecomunicaciones ha sido aprobada de forma definitiva tras el debate de las enmiendas en el Pleno del Congreso.

La Ley pretende favorecer la creación de empleo, fomentar la economía digital y la I+D con el despliegue de redes, garantizar la cohesión social y territorial, mejorar la coordinación entre administraciones, incrementar la protección de los consumidores y dar un mayor control parlamentario a su cumplimiento.

Los objetivos de la tramitación de esta Ley fueron defender el derecho de los usuarios a oponerse a recibir llamadas comerciales no deseadas, garantizar que todos los hogares españoles tengan acceso a una velocidad mínima de Internet de 10 megabits por segundo en el año 2017 y a que, tres ejercicios más tarde, la banda ancha llegue a los 30 megabits por segundo y, al menos la mitad del hogares, puedan disponer de acceso a servicios de velocidades superiores a 100Mbps.

Más independencia de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia

Se elimina la previsión de que, las competencias que no hayan sido atribuidas expresamente a la Comisión o a cualquier otro organismo, sean ejercidas por el Ministerio de Industria.

Esta comisión tendrá funciones de asesoramiento y arbitraje, entre otras.

Adaptación y multas

Se amplía de seis meses a un año el plazo de adaptación al nuevo régimen, y se incrementa la horquilla de las multas coercitivas que el Ministerio o la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia pueden imponer, de modo que podrán ser de entre 125 y 30.000 euros diarios.

Redes

Respecto al despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónica, tanto los de tipo aéreo como los realizados por las fachadas, deberán elaborarse en la medida de lo posible siguiendo las canalizaciones, instalaciones y equipos previamente instalados. No podrán ejecutarse en edificios del patrimonio histórico o cuando puedan afectar a la seguridad pública.

Por otra parte, se introduce una nueva disposición relativa a las estaciones radioeléctricas de radioaficionado, cuya instalación quedará sujeta a la Ley de Liberalización del Comercio, aprobada en diciembre de 2012 y que exime a ciertas actividades de obtener licencia administrativa, bastando para empezar a funcionar con una declaración responsable. Todo ello sin perjuicio de las exigencias de la Ley sobre regulación del derecho a instalar en el exterior de los inmuebles las antenas de las estaciones radioeléctricas de aficionados, de 1983, y su normativa de desarrollo.

 

Ana Isabel Barrasa Sánchez

Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

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